lunes, 27 de mayo de 2013

Reforma de las pensiones



En un blog denominado Megáfonojubilatas parece que la información que más puede interesar es la relacionada con las pensiones.

El Gobierno encargó a una comisión de expertos la elaboración de un proyecto para una nueva reforma de las pensiones. Si no estoy mal informado no hubo pacto ninguno con oposición, ni sindicatos sobre quienes deberían serían los “expertos” que constituyeran dicha comisión. Doy también por supuesto que el Gobierno aprovechará su mayoría en el Parlamento para aprobar lo que se propone.

A mi juicio, esto no es más que un paso más en el sistema de recortes al que este Gobierno nos tiene acostumbrados, al dictado de las directrices de la Sra. Merkel. Da lo mismo que muchos economistas prestigiosos, por ejemplo, el premio Nóbel Paul Krugman opinen que la mejor forma de salir de una crisis va por otro lado. Krugman en el libro “¡Acabad ya con esta crisis!” y en múltiples artículos mantiene la teoría de que es más importante generar empleo que recortar gasto. Justo lo contrario de lo que ha ido haciendo este Gobierno. Su reforma de la legislación laboral ha implicado más facilidad para despedir, que muchas empresas con pérdidas o no, han aprovechado para reducir sus plantillas, pero se ha seguido destruyendo empleo.

Por otra parte, la fuerte reducción de empleo público realizada por este Gobierno, a mi juicio,  ha sido una forma de “hacer un pan con unas tortas”. Sin discutir que había que ahorrar y por lo tanto era conveniente estudiar en que sectores públicos era conveniente disminuir el número de empleados, lo que se ha hecho ha sido quitar trabajadores públicos de una forma drástica, sin importar las consecuencias que eso podría tener en la educación, sanidad, investigación, etc.

Pienso que no hace falta ser economista, ni matemático para darse cuenta de que si dejamos de contratar en el sector público a una persona que gana 1.000 euros brutos, el estado no está ahorrando 1.000 euros. A esa cantidad habría que quitar el pago de Seguridad Social e I.R.P.F. Además, esa persona si no gana dinero, no consume y por lo tanto tampoco paga I.V.A.  Más aún,  las prestaciones por desempleo también cuestan dinero al Estado, pero eso tiene fácil arreglo: disminuirlas al máximo.
Por consiguiente, ¿de verdad  se ha conseguido disminuir el gasto público quitando salarios cuando el efecto perverso de eliminación de empleo público masivo, ha sido que las empresas necesitaran menos trabajadores, puesto que venden menos productos? 

Resumiendo: La reforma de las pensiones, pese a que yo no niego que alguna haya de hacerse, es más de lo mismo. Creo importante difundir al máximo lo que se nos viene encima y también que los lectores de este blog tengan la posibilidad de escuchar voces críticas. Para ello, voy a dar a continuación tres enlaces de la web de El País y otro de la de Público.

En la primera, la opinión de los “expertos”:



En este otro enlace, lo que opina un economista crítico:


Otro enlace para ver la forma de cálculo futura:


Por último, un  comentario de opinión de Público:

El atraco de las pensiones





martes, 5 de febrero de 2013

Estupenda web del 15M y magnífico video



Hoy pese a que siempre ultimamente me apetece hacer algún comentario acerca de Bárcenas, (no sé por qué será), voy a resistir la tentación y me voy a limitar a dar un enlace a una página del 15M de Madrid. Además, desde ella se puede descargar un documental de más de 1 hora de duración, que tuve ocasión de ver el sábado pasado en la Asociación de Vecinos de mi pueblo y que me ha parecido extraordinario.

Pienso que el movimiento 15M es una de las cosas más positivas que han pasado en este país en los últimos tiempos.

No obstante, como casi todos sabéis, no todo el que está implicado en el 15M tiene unas ideas similares. A mi juicio lo interesante del 15M es el debate.

Por mi parte, si algo pudiere no gustarme del 15M, es que algunos de sus componentes, desengañados de los partidos políticos, respecto a lo cual no les faltan miles de razones, concluyen que lo mejor es abstenerse en las elecciones.

A mi juicio, no hay que abstenerse, sino buscar entre los partidos, aquel al cual uno considere menos malo. En caso necesario, siempre es posible taparse la nariz en el momento de ir a votar.

Bueno, voy a dejarme de rollos y os doy los enlaces pertinentes:

Web de Madrid 15M

Documental del 15M

Por cierto, este documental tiene licencia "Creative Commons", eso significa que cada cual es libre no solo de descargarlo y verlo gratuitamente, sino incluso de modificarlo, añadiendo o recortando trozos, siempre y cuando cite la procedencia inicial y proporcione el mismo tipo de licencia al resultado. Es decir, no puede obtener lucro a costa de lo que han hecho los demás.

sábado, 19 de enero de 2013

Cómo serán las jubilaciones a partir de 2013


Pese a la tentación de hablar de Bárcenas o algo por el estilo, aquí os pongo una información adecuada al nombre de este blog y que creo es muy importante para todos los trabajadores. Procede de la web Eroski Consumer, que os recomiendo consultar si no la conoceis. Además, os podréis suscribir a información sobre lo que publican, clasificada por temas.

Este artículo lo podéis consultar directamente en el enlace que os pongo a continuación, lo cual os facilitará conocer esa web, pero por su interés lo incluyo directamente.

¿Cómo serán las jubilaciones?
 



¿Cómo serán las jubilaciones a partir de 2013?
Entra en vigor la reforma del sistema de pensiones aprobada en 2011 que retrasa la edad de jubilación a los 67 años
  • Por ELENA V. IZQUIERDO
  • 10 de enero de 2013


 


- Imagen: Rodolfo Belloli

La mejora de la esperanza de vida, el aumento del desempleo y el descenso de la natalidad han sido factores determinantes para llevar a cabo la reforma del sistema de pensiones. Las modificaciones introducidas por la normativa que ahora entra en vigor se traducen en el incremento de la edad de jubilación, la ampliación del número de años cotizados para cobrar la pensión íntegra y la extensión del periodo de cálculo para fijar la cuantía que se recibirá. Todo ello se aborda en el presente artículo, donde se indica, además, que los cambios se harán de manera progresiva, con una fase transitoria entre 2013 y 2027, fecha en la que se completará la reforma.

1. La edad de jubilación pasa de 65 a 67 años 
Con la entrada en vigor de la nueva legislación, se retrasa la edad de jubilación ordinaria en dos años. Está previsto que en 2027 los españoles se jubilen a los 67 años. Hasta esa fecha se hará de manera gradual. De momento, en 2013 será necesario haber cumplido 65 años y un mes para acceder a la pensión de jubilación y en 2014 habrá que tener 65 años y dos meses. Hasta 2018, año en que se alcanzarán los 65 años y medio, la edad para poder jubilarse se incrementará un mes por cada ejercicio y a partir de esa fecha aumentará en dos meses cada año hasta llegar a 2027. En 2013 la edad legal de jubilación es de 65 años y un mes.
No obstante, está previsto que todavía puedan jubilarse a los 65 años con la pensión íntegra las personas que hayan completado una determinada cotización. En 2013 estarán en disposición de retirarse los trabajadores que, a lo largo de su vida, hayan cotizado durante al menos 35 años y tres meses y en 2014 serán necesarios 35 años y medio. Por cada ejercicio se incrementa la necesidad de haber cotizado en tres meses hasta llegar a 2027, cuando quien desee jubilarse a los 65 años deberá contar con una cotización de, al menos, 38 años y medio. 

2. Cotización exigida para cobrar la pensión íntegra: 37 años 
Hasta ahora, las personas que cumplían los 65 años podían tener acceso al 100% de la base reguladora, si habían cotizado a la Seguridad Social durante 35 años. 
Desde el 1 de enero de 2013 esto cambia. De manera paulatina, se ampliará el periodo de cotización necesario hasta alcanzar, en 2027, los 37 años. 

3. Tiempo de cotización para calcular la cuantía: 25 años 
Antes del 1 de enero de 2013, para determinar la cuantía de la pensión que le correspondía a una persona, se tomaban los 15 años de cotización a la Seguridad Social inmediatamente anteriores a la jubilación.

Los complementos mínimos a la pensión serán solo para residentes en España.
Con la reforma de las pensiones, este periodo se incrementa en un año por cada ejercicio. Así, en 2013 se calculará sobre 16 años, en 2014 sobre 17 hasta llegar al año 2022, cuando el cómputo se realizará sobre los últimos 25 años cotizados. 

4. Si se ha perdido el empleo en los últimos años de vida laboral, se puede ampliar el periodo de cálculo 
A la hora de calcular la cuantía correspondiente por la pensión de jubilación, los trabajadores despedidos en los últimos años de su vida laboral pueden verse perjudicados. A partir de ahora, tienen la posibilidad de que, de manera voluntaria, se les tenga en cuenta un periodo de cotización más amplio, siempre que les resulte más favorable. 

Es necesario que hayan perdido su puesto de trabajo por una causa no imputable a su libre voluntad y que, a partir del cumplimiento de los 55 años de edad y al menos durante 24 meses, hayan experimentado una reducción de las bases de cotización respecto de la acreditada con anterioridad a la extinción de la relación laboral. En este caso, hasta 2017, se les podrá ampliar la base de cómputo hasta 20 años, en vez de los 15 que se fijaban hasta ahora o los 16 de este año. A partir de 2017 y hasta 2022, se les podrá aplicar un periodo de cálculo de 25 años. 

5. Mejoran los beneficios por el cuidado de los hijos 
Con la entrada en vigor de la reforma, se computa como periodo cotizado aquel en el que se interrumpa la cotización, debido a la extinción de la relación laboral o de la finalización del cobro de prestaciones de desempleo producidas entre los nueve meses anteriores al nacimiento, o los tres meses anteriores a la adopción o acogimiento permanente y la finalización del sexto año posterior a dicha situación. 

La Ley señala que la duración de este cómputo como tiempo cotizado será de 112 días por cada hijo o menor adoptado o acogido y se incrementará cada año hasta 2018 hasta alcanzar el máximo de 270 días por hijo en 2019. Este beneficio solo se le reconocerá a uno de los progenitores y, en caso de controversia entre ellos, se le otorgará el derecho a la madre. 

6. Complementos mínimos a la pensión: solo para los residentes en España 
Los beneficiarios de una pensión contributiva del sistema de la Seguridad Social que no obtengan otros ingresos tienen derecho a percibir los complementos para alcanzar la cuantía mínima de las pensiones.
Pero para las jubilaciones que se produzcan a partir del 1 de enero de 2013, este derecho estará sujeto al requisito de residencia. Quienes pasen en el extranjero 90 días o más al año -salvo por razones médicas justificadas-, no tendrán derecho a cobrarlos. 

7. Queda pendiente la regulación de la jubilación anticipada 
No todos los artículos de la ley han entrado en vigor. Los relativos a la jubilación anticipada y parcial quedan en suspenso durante tres meses, a la espera de llegar a un consenso sobre su aplicación.

AVISO A NAVEGANTES

No admitiré insultos, palabras ofensivas, que afecten al honor...y demás. Tengo el criterio suficiente para poder eliminar comentarios si lo creo conveniente y en base a la anterior exposición. Me da lo mismo que alguien diga que soy antidemocrata o que atento contra la libertad de expresión. Igualmente, no me responsabilizo de aquellos comentarios o post que se cuelguen en el presente blog.

El duende verde